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FAQ Copyleft

¿Como registro/protejo mi obra?

La forma tradicional de registrar una obra es acudiendo al Registro de la Propiedad Intelectual más cercano e inscribir sus obras previo pago de las tasas establecidas.

Dicho registro será un medio de prueba privilegiado que derivará la carga de la prueba a aquella persona que discuta la paternidad de la obra de quien aparece como autor de la misma en el registro. Es decir, aquella persona que reclame para sí la paternidad de una obra inscrita a nombre de un tercero será la que habrá de probar lo que alega.

El Registro de la Propiedad Intelectual, por lo tanto, no constituye los derechos, sino que únicamente los declara y establece la presunción de que es autor de la obra quien aparece registrado como tal. La paternidad sobre una obra puede probarse mediante otros medios distintos al registro. Puede utilizar un recurso que consiste en auto-enviarse un sobre con copia de la/las obra/obras por correo certificado en sobre lacrado y guardarlo sin abrirlo. Esto podrá ser una prueba que demostraría la autoría de la obra y la fecha de creación que sería la que consta en el certificado.

Una obra copyleft puede inscribirse en el Registro de la Propiedad Intelectual.